BAJA DEFINITIVA DEL ASNEF

Si no estás conforme con la deuda y la has reclamado vía judicial o administrativa, la ley impide registrar la deuda en el fichero. La Agencia Española de Protección de Datos y la OCU, consideran que impugnar una deuda ante un órgano arbitral, judicial o administrativo para determinar si tal deuda existe, impide que pueda hablarse de deuda cierta. Así pues, la inclusión en el fichero no procede.

Error en la notificación: si no se ha notificado correctamente la inclusión en la lista o incluso la propia deuda podrías reclamar para ser eliminado de la lista de morosos en la que se te haya incluido.

NO SÉ QUIEN ME HA INCLUIDO EN LAS LISTAS

1- Solicite el informe de las listas para ver quién le ha incluido en las listas.

2- Compruebe qué entidad exacta se lo solicita, el importe y el detalle completo.

3- Verifique que la deuda sea correcta.

4- En caso de estar de acuerdo, haga el pago a la entidad que se le debe.

5- En caso de ser un error o suplantación de identidad, haga la reclamación correspondiente para que le borren la deuda incorrecta.

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